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miércoles, 17 de julio de 2013

Parte de Guerra Nacional (17 julio 1936)

Alzamiento Nacional.
Estado de guerra en Marruecos.

BANDO DE DECLARACIÓN DEL ESTADO DE GUERRA EN MARRUECOS

Don Francisco Franco Bahamonde, General de División, Jefe Superior de las Fuerzas Militares de Marruecos y Alto Comisario

HAGO SABER:

Una vez más el Ejército, unido a las demás fuerzas de la Nación, se ha visto obligado a recoger el anhelo de la gran mayoría de los españoles que veían con amargura infinita desaparecer lo que a todos puede unirnos en un ideal común: España.

Se trata de restablecer el imperio del orden dentro de la República, no solamente en sus apariencias o signos exteriores, sino también en su misma esencia; para ello precisa obrar con justicia, que no repara en clases ni categorías sociales, a la que ni se halaga ni se persigue, cesando de estar dividido el país en dos grupos: el de los que disfrutan del poder y el de los que eran atropellados en sus derechos, aun tratándose de leyes hechas por los mismos que las vulneraron; la conducta de cada uno guiará la conducta que con relación a él seguirá la autoridad, otro elemento desaparecido de nuestra Nación y que es indispensable en toda colectividad humana, tanto si es en régimen democrático, como si es en régimen soviético, en donde llegará a su máximo rigor. El restablecimiento de este principio de autoridad, olvidado en los últimos años, exige inexcusablemente que los castigos sean ejemplares, por la seriedad con que se impondrá y la rapidez con que se llevarán a cabo sin titubeos ni vacilaciones .

Por lo que afecta al elemento obrero, queda garantizada la libertad de trabajo, no admitiéndose coacciones ni de una parte ni de otra. Las aspiraciones de patronos y obreros serán estudiadas con la mayor justicia posible, en un plan de cooperación, confiando en la sensatez de los últimos y en la caridad de los primeros, hermanándose con la razón, la justicia y el patriotismo, sabrán conducir las luchas sociales en un terreno de comprensión, con beneficio para todos y para el país. El que voluntariamente se niegue a cooperar o dificulte la consecución de estos fines será el que primero y principalmente sufrirá las consecuencias.
Para llevar a cabo la labor anunciada rápidamente,

ORDENO Y MANDO:

Artículo 1°—Queda declarado el estado de guerra en todo el territorio de Marruecos Español y, como primera consecuencia, militarizadas todas las fuerzas armadas, sea cualquiera la autoridad de quien dependían anteriormente, con los deberes y atribuciones que competen a las del Ejercito y sujetas igualmente al Código de Justicia Militar.
... .... .... 

(Leído en Melilla, el 17 de julio 'de 1936, al iniciarse el Movimiento Nacional)

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